Escrito complementario al de contestación al suspenso de forma
Nota aclaratoria
Este apartado debe utilizarse para presentar escritos que complementen las alegaciones efectuadas anteriormente en un escrito de contestación al suspenso de forma de una Marca o Nombre Comercial. Cuando en este escrito se solicite una modificación del expediente (distintivo, lista de productos o servicios, reglamento de uso, etc) deberá abonarse la tasa de modificaciones (CI07) cuando éstas se efectúen de modo espontáneo por el solicitante. No procederá el pago de esta tasa cuando la solicitud de modificación sea como consecuencia de un suspenso decretado por la Administración.